Autoconsumo Colectivo: qué tienes que saber
23 enero, 2019
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El autoconsumo colectivo ha sido una opción energética muy rechazada por muchas personas debido al impuesto al sol que se impuso en la normativa del autoconsumo voltaico. Sin embargo, la situación ha cambiado y dichos cambios son los que queremos exponerte en este texto.
¿Qué es el autoconsumo colectivo?
Lo primero que hay que tener claro de esta definición es la palabra «autoconsumo». Esta debe entenderse como la producción de energía por ti mismo sin tener que recurrir a terceras personas o a empresas. La mayoría de las instalaciones que permiten el autoconsumo son fotovoltaicas y para hablar de autoconsumo compartido nos estaríamos refiriendo a una instalación compartida entre varios usuarios.
El desarrollo de esta energía en España se ha visto muy frenado por el Real Decreto 900/2005 que prohibió la instalación de placas fotovoltaicas en la azotea de una comunidad de vecinos, por ejemplo.
De hecho, todas estas placas que se ven en los bloques de viviendas de nueva construcción son placas térmicas, no fotovoltaicas. Aunque puede resultar extraño que se permita el agua caliente sanitaria (ACS) o de gas, pero no de electricidad, esto ha sido así durante muchos años en nuestro país.
La situación actual
Como hemos comentado anteriormente, el RD 900/2015 prohibió las instalaciones fotovoltaicas compartidas. No obstante, esta medida fue muy impopular y las reacciones negativas sobre este Real Decreto no tardaron en manifestarse. Los propietarios de viviendas en edificios residenciales mostraron su descontento y su rechazo hacia la misma.
Esto provocó que la Generalitat de Catalunya decidiera presentar un recurso ante el Tribunal Constitucional contra este Real Decreto en febrero de 2016. Una de las alegaciones fue la problemática de invasión de competencias.
Al año siguiente de presentar este recurso, el Tribunal Constitucional deroga los artículos 19, 20, 21 y 22. Estos son los que hacen referencia al autoconsumo colectivo. Este tribunal dio la razón a la Generalitat lo cual hizo que en el marco teórico cualquiera pudiese compartir su electricidad con un vecino.
Pero lo más importante te lo explicamos a continuación, que es el Real Decreto-Ley 15/2018 de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores. Este ha sido un antes y un después en el autoconsumo compartido debido a su contenido que se basa en estos puntos:
- Anulación del impuesto al sol: esta medida ha hecho que la rentabilidad de los proyectos aumente notablemente. Pero, además, es que esta medida hace que nadie pueda decir que el autoconsumo está prohibido.
Al eliminar este impuesto se podrá ahorrar en la energía de autoconsumo pero también en la potencia, algo que se veía frenado debido al cargo fijo del autoconsumo.
- Simplificación de la clasificación de instalaciones de autoconsumo: a partir de ahora solo van a existir dos. La primera de ellas son las instalaciones sin excedentes donde solo un sujeto consumirá energía y habrá que justificar que no se inyecta la misma a la red de distribución instalando un equipo antivertido.
La segunda tipología es la que sí tiene excedentes donde el sujeto será consumidor, pero también productor de energía. El proceso de legalización del equipo será más complejo pero los excedentes solares podrán ser abonados por la red.
- Se permite el autoconsumo compartido: aunque este no haya sido nombrado más allá del preámbulo del decreto ley.
- Se simplifica el reglamento y los trámites para legalizar las instalaciones de autoconsumo sin excedentes de hasta 100 kW conectadas en una tensión baja.
- No habrá que contar con equipos de medida para la generación neta y el autoconsumo neto.
- Se puede instalar más potencia solar que la contratada.
- Las instalaciones tipo 1 se permitirán siempre que el titular de la instalación de autoconsumo sea diferente del titular de la instalación de consumo.
- Se permitirá contratar la potencia que cada uno quiera.
- Se crea un registro administrativo de autoconsumo simplificando la inscripción de las instalaciones.
Quién puede beneficiarse del autoconsumo compartido?
El autoconsumo colectivo o autoconsumo compartido está reconocido para las comunidades de vecinos que lleven a cabo una instalación capaz de abastecer a todos los vecinos.
Esta instalación ha de encontrarse en las inmediaciones de la comunidad. De igual manera, no tiene por qué tratarse de un bloque de viviendas, sino que puede ser una comunidad de casas y que la instalación se encuentre en las inmediaciones de este territorio.
¿Qué ahorro se puede conseguir?
El ahorro que se puede conseguir ahora que se ha derogado el impuesto al sol y que los sistemas de medición no serán necesarios es notorio.
Se estima que este ahorro puede encontrarse en torno al 50 % del recibo mensual de electricidad. Por tanto, aunque en un principio la instalación pueda resultarte una inversión elevada, gracias a este ahorro en pocos años la inversión estará recuperada con creces.
Es muy importante valorar detenidamente este ahorro ya que, a fin de cuentas, estarías aprovechando la electricidad del propio sol. Tan solo será necesario hacer la instalación para poder generar tu propia energía sin depender de ninguna compañía y de su suministro. Al menos no en la medida en que dependes a día de hoy.
Legislación y trámites burocráticos
Ahora que la legislación sí comprende el autoconsumo solar como algo legal y no existen trabas como el impuesto al sol y la obligatoriedad de contratar un medidor de energía, solo tienes que saber cuáles serán los trámites que deberás llevar a cabo.
Esto será muy importante para que la instalación sea legal evitando incurrir en delitos. En este caso, será necesario que rellenes una solicitud de legalización donde tendrás que explicar cómo es tu instalación y para qué la quieres utilizar.
También necesitarás un certificado de instalación eléctrica que normalmente viene otorgado por la empresa que se encargue de realizar la instalación. En tercer lugar, será necesario que realices la Memoria Técnica de Diseño para potencias inferiores a 10 kW. No obstante, si la potencia eléctrica superase los 10 kW, deberás contar con un proyecto visado.
¿Cómo se puede financiar?
Hay diversas maneras de hacer frente al pago de la instalación fotovoltaica. Lo primero que debes plantearte es si quieres comprar la instalación o alquilarla.
Si bien es cierto que, cuando la compras, el control y sus beneficios serán tuyos al cien por cien, también deberás hacer frente a los gastos completamente solo (o con tu comunidad de vecinos). Por ello, no está de más plantearse si un contrato de alquiler o leasing sería adecuado en base a la situación de tu comunidad.
Por otro lado, si estás dispuesto a comprar las placas, siempre puedes recurrir a una empresa de instalación que te dé la opción de financiar la cuantía de las placas para pagarlas cómodamente. O bien, hablar con el banco y pedir un crédito a nombre de toda la comunidad para hacer frente al desembolso que estas instalaciones requieren en un principio.
En definitiva, hay muchas opciones que puedes valorar. Así pues estúdialas y decántate por la que más te convenga.
Ventajas para el medioambiente
Ahora que ya hemos hecho un repaso de la situación actual, del ahorro que consiguen las placas y de cómo pueden financiarse, es hora de hablar de algo que se pasa por alto pero que es muy importante: las ventajas para la naturaleza de las energías renovables.
El Estudio de Calidad del Aire de 2016 de la Agencia Europea del Medioambiente (AEMA) ya expuso en su momento una situación crítica. Tanto para el entorno como para las personas, las emisiones de CO2 a la atmósfera no están haciendo más que acortar la vida de nuestro planeta. Algo que podría solucionarse potenciando el uso de la energía solar.
1. Cualidades de la energía solar
Esta energía tiene unas cualidades idóneas que la llevan a ser la mejor alternativa para mejorar la situación de nuestro planeta. Es una de las energías renovables más limpias, abundantes e inagotables.
2. Las cifras hablan por sí solas
Cada instalación de placas solares fotovoltaicas de 100 kW evita la emisión de 75 000 kilos de CO2 a la atmósfera. Lo cual incide muy positivamente en la reducción del efecto invernadero y del cambio climático.
3. No genera ningún otro tipo de contaminación
Por ejemplo, la generación de esta energía no produce ruidos. Por tanto, la contaminación acústica y la posibilidad de perjudicar a las urbanizaciones o bloques aledaños no es un problema.
4. Sus elementos son reciclables
En último lugar, debemos destacar que las instalaciones fotovoltaicas están pensadas desde el punto de vista de beneficiar a la naturaleza en el mayor grado posible. Por ello, todos los elementos que conforman dichos equipos son recuperables y reciclables.
En definitiva está claro que, de entre las energías renovables, la energía solar fotovoltaica es la más prometedora. Y, de entre todos los tipos de instalaciones, se espera que las de autoconsumo solar compartido sean las que experimenten un mayor auge en los próximos años.
Desde luego, el autoconsumo colectivo evitaría la emisión de toneladas de CO2 a la atmósfera al cabo del año. Por tanto, este es un modelo de autoproducción de energía que conviene estudiar.
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Por cierto, si te lo estas preguntando te diremos que si, las instalaciones de autoconsumo compartido pueden recibir subvenciones. De hecho, algunas de ellas estan orientadas a este tipo de autoconsumo . Como hemos visto, la nueva normativa de autoconsumo fotovoltaico ofrece la posibilidad de acogerse a un modelo de autoconsumo con compensacion por excedentes de energia producida, una opcion que aumentara la rentabilidad de nuestra instalacion. Sin embargo, lo ideal es utilizar siempre la mayor cantidad posible de energia para consumo propio. La razon es sencilla: el precio de la electricidad que sea retribuida siempre tendra un valor menor que la utilizada en los consumos. Dicho de otro modo: el valor de la compensacion que te ofrezcan siempre sera menor al valor del excedente que viertas en la red, de manera que podriamos acunar un axioma que dijera algo asi como: “en autoconsumo, mas vale consumir que verter”.